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Un juzgado anula una multa de la cámara de la A-6 en Las Rozas porque las fotos de la DGT no prueban la infracción

  • Un juzgado anula una multa de la cámara de la A-6 en Las Rozas porque las fotos de la DGT no prueban la infracción
    Un juzgado anula una multa de la cámara de la A-6 en Las Rozas porque las fotos de la DGT no prueban la infracción
11 de Junio de 2026. 15:52 - Redacción
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La red de vigilancia automatizada que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha desplegado en las carreteras españolas acaba de sufrir un serio revés judicial. Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha dictado una sentencia que anula una multa de tráfico de 200 euros impuesta a un conductor por, presuntamente, no respetar una marca longitudinal continua en la autovía A-6. El motivo: las fotografías aportadas por la DGT no demuestran de forma fehaciente que se cometiera la infracción en el momento exacto.

La resolución judicial incide directamente sobre un sistema tecnológico que hasta ahora Tráfico defendía como infalible. Según el tribunal, las capturas de imagen que acompañaban a la denuncia electrónica se limitaban a mostrar al coche circulando por la zona, pero sin captar el instante preciso en el que las ruedas del vehículo pasaban por encima de la línea continua de la calzada, lo que vulnera la presunción de inocencia del conductor al no existir una prueba de cargo concluyente.

Los dispositivos «Foto-Línea» de la DGT son cámaras diseñadas para sancionar automáticamente a los conductores que cruzan o pisan una línea continua (por ejemplo, en incorporaciones, carriles de aceleración o salidas). El sistema realiza una primera fotografía del vehículo circulando por un carril y unos metros más adelante obtiene otra segunda en el carril contiguo, presumiendo que el vehículo “ha tenido que rebasar la línea, salvo que el coche tenga capacidad de volar”, según manifestó en el juicio la Abogacía del Estado, que defendía la legalidad de la sanción.

Sin embargo, en ninguno de los fotogramas aparece el vehículo denunciado rebasando la línea continúa, ni siquiera la pisaba, con lo que la resolución judicial considera que “no existe suficiente prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del conductor sancionado” por lo que “se anula la sanción de 200 € impuesta.”


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Para el presidente de la asociación de Automovilistas Europeos Asociados, promotores del recurso, “esta resolución judicial constituye un importante precedente judicial en la defensa de los derechos de los automovilistas y refuerza las garantías jurídicas y de funcionamiento que deben tener los sistemas automatizados de captación de infracciones utilizados por cualquier administración con competencia en materia de tráfico”.

El "punto caliente" de las multas: El kilómetro 20,2 de la A-6

El dispositivo que originó la denuncia es de sobra conocido por los usuarios habituales de la autovía de A Coruña. Se encuentra ubicado exactamente en el kilómetro 20,2 de la A-6, en sentido decreciente, justo en el carril que sirve de incorporación al Bus-VAO a la altura de Las Rozas.

Aunque la DGT comenzó a probar este sistema automático en el año 2023, en la actualidad opera a pleno rendimiento. El mecanismo está diseñado para cazar a los vehículos que se incorporan a la vía principal antes de tiempo. Para ello, utiliza un sistema de dos cámaras con lectura automática de matrículas: la primera está situada al inicio del carril de aceleración y la segunda, unos metros más adelante, vigila la vía principal. Si un coche cruza el eje divisorio antes de que empiece la línea discontinua, el sistema genera un vídeo y tramita la denuncia de forma automática desde el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (Estrada).

Pese a que la infracción no conlleva la pérdida de puntos en el carné de conducir, acarrea una sanción económica de 200 euros. La DGT justifica su uso argumentando que este tipo de maniobras indebidas en las incorporaciones generan graves situaciones de riesgo y colisiones laterales.

¿Cómo recurrir una multa de línea continua tras esta sentencia?

Este fallo de los tribunales madrileños abre una vía para que otros conductores sancionados en este mismo punto puedan recurrir. La clave jurídica del éxito reside en hacer valer el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

Si un ciudadano recibe una notificación de sanción procedente de estas cámaras de la DGT, el primer paso fundamental consiste en solicitar el expediente con las pruebas gráficas completas. En el caso de que las imágenes adjuntas muestren el coche encuadrado en el carril antes o después de la maniobra, pero no capten el "momento exacto" de los neumáticos rebasando la marca vial, la sanción podría ser impugnada, tal y como ha ocurrido en el caso fallado por el Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 5. Para más información puedes dirigirte al AEA

Madrid, el único "laboratorio" de España para estas cámaras

La cámara de Las Rozas no es un caso aislado, pero sí un privilegio —o un dolor de cabeza— exclusivo de la Comunidad de Madrid. Actualmente, solo existen cuatro cámaras de este tipo en toda España, todas ellas situadas en los accesos a la capital para vigilar los carriles de aceleración en sentido decreciente:

  • A-1: Kilómetro 15,9 (Alcobendas)

  • A-2: Kilómetro 11,8 (entorno del aeropuerto de Barajas)

  • A-42: Kilómetro 16,9 (pasado Getafe)

  • A-6: Kilómetro 20,2 (Las Rozas)

Máxima vigilancia en Las Rozas

Esta resolución judicial coincide con un momento de máxima atención sobre la velocidad y el tráfico en el municipio de Las Rozas. Cabe recordar que, además de estas cámaras de vigilancia de línea continua en la A-6, la DGT ha puesto en funcionamiento recientemente en esta misma localidad un radar de tipo remolque. Este dispositivo itinerante se encarga de vigilar y multar de forma estricta los excesos de velocidad en los diferentes tramos de la autovía, consolidando a este sector de la A-6 como uno de los tramos más monitorizados y vigilados por los ojos electrónicos de Tráfico.

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